Viernes, 04 Diciembre 2015 09:46

Algunos ejemplos de la censura cinematográfica durante el franquismo

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(Este artículo de Antonio García-Rayo se publicó por primera vez en la revista AGR número 38, impresa en el mes de verano de 2008)

En el número 10 de la revista Opinión, impresa en el mes de noviembre de 1973, escribí lo siguiente: “Desaparece, sí, desaparece la censura. Sacerdotes, militares, guardias civiles, miembros de la Sección Femenina, funcionarios de la policía, abogados y padres de familia numerosa fueron algunas de las cualificaciones personales y profesionales de los componentes de las distintas juntas de apreciación cinematográfica, eufemismo que ocultó, y por el momento sigue ocultando, la desprestigiada denominación de Junta de Censura”.

“Sin embargo, estos profesionales entregados a las labores censoras en sus ratos libres, con una remuneración prácticamente simbólica (cien pesetas cada seis rollos visionados), están a punto de abandonar este trabajo con motivo de la nueva Ley de Cine. El documento de desaparición se encuentra para su rúbrica en el despacho del Director General de Cine, y hasta la aprobación de la nueva Ley, los asuntos cinematográficos dependerán exclusivamente de los tribunales ordinarios”.

“La Dirección General de Cine está a punto pues de despedir a los componentes de la última junta, formada por el padre dominico Eugenio Benítez González (secretario), Elisa Lara –conocida familiarmente como Lula de Lara–, miembro de la Sección Femenina, secretaria particular de Pilar Primo de Rivera y prima del director cinematográfico José Luis Sáenz de Heredia, Alfredo Mampaso Bueno, Jesús Acevedo Márquez (funcionario del cuerpo de policía), José Luis Fernández Dopico, Fernando Merelo, Carlos de Meer (ex-gobernador civil de Baleares y militante de la ultraderecha), Jaime Mariscal de Gante (ex-juez del Tribunal de Orden Público y ex-director general del Régimen Jurídico de la Prensa), Jesús Carnicero Espino y los sacerdotes Jorge de la Cueva y César Vaca. A todos ellos hay que añadir los nombres del Subdirector General de Cinematografía, Marciano de la Fuente, y del propio Director General, Rogelio Díaz Alonso. En ocasiones muy señaladas, la Junta se completaba con “censores especiales”, como en el caso del film “Canciones para después de una guerra” (Basilio Martín Patino, 1971). En estas situaciones, la película llegaba a ser visionada por el propio ministro”.

La censura se instaló en España tras acabar la Guerra Civil. Fue el quinto jinete del Apocalipsis, el que barrió la posibilidad de hacer películas  en libertad o de verlas con esa misma libertad en las salas cinematográficas. Como ha ocurrido siempre que se ha instalado una Dictadura en el poder, una nueva ley del cine surgía de los despachos de los salvadores de las patrias para impedir que los ciudadanos tuvieran la oportunidad de ver las reflexiones y los análisis que hacían los cineastas libres en forma de películas.

No es mi intención en este breve artículo, informar exhaustivamente de la censura en España desde 1936 hasta el momento de su desaparición. Necesitaría, cuanto menos, de un libro de 300 páginas; solo pretendo mostrar algunos documentos (todos ellos originales, pertenecientes al Archivo AGR) de diferente índole, relativos a esa censura (certificados, órdenes, fotografías, carteles, material publicitario, etc.). Si es verdad eso de que una imagen vale más que mil palabras, con las que aquí mostramos habremos escrito ese libro o quizá dos.

Como muchos otros documentos del pasado de una nación que vivió en una Dictadura varias décadas, los que se mecanografiaron sobre la censura cinematográfica, vistos con los ojos de hoy, nos provocan una sonrisa. Si no fuera por los sufrimientos que causaron y los proyectos que tumbaron, amén de los talentos que dejaron de surgir por su intolerancia, podíamos ampliar esa sonrisa a la carcajada. Pero no, no vamos a hacerlo, aunque releyendo hoy esas “prohibiciones” y las “obligaciones” que siguen impresas en los certificados que acompañaban a todas las películas que viajaban por España para ser proyectadas en los cines, no podemos ocultar una mueca, aunque sea en forma de incredulidad.

Leyendo las hojas de censura de esta larga etapa del franquismo, podemos ahora disculpar que muchas películas excelentes acabaran siendo bodrios por culpa de los cortes que los censores les infringían. Los censores no solo impedían que las ideas que exponían las películas –nacionales o extranjeras– fuesen más allá de lo que permitía el espíritu de las leyes emanadas del Movimiento Nacional en el terreno de la política, sino que velaban por el orden moral, las cuestiones del sexo, la religión, los elementos “perniciosos” relacionados con la vida o con la muerte, los bailes, las palabrotas y un largo etcétera que abarcaba prácticamente a todo aquello que no les gustaba a los censores.

Por ejemplo, en la película de Germán Lorente, “Donde tú estés” (1964), éstos daban las instrucciones siguientes para su exhibición en España: “Rollo 3º: “Suprimir la palabra “chulo” que Colette dice a Paul”; Rollo 4º: “Suprimir secuencia completa de la chica sueca bañándose en bikini, y besándose después con Paul”; Rollo 5º: “Suprimir la escena de ambiente de besos de un invitado a Luisa en el cuello, empezando cuando ella se levanta”; Rollo 6º: “Suprimir besos de los protagonistas cuando entran en el mar después de la carrera a caballo”; Rollo 8º: “Suprimir planos de Luisa envuelta en la toalla antes de suicidarse”. La película –compuesta de 10 rollos y 2.495 metros de longitud–, después de estos cortes, quedaba “AUTORIZADA ÚNICAMENTE PARA MAYORES DE 18 AÑOS”.

La censura surgida después de la Guerra Civil no tuvo que prohibir casi nada, ya que todo lo que le llegaba estaba filmado por gentes afines al régimen. En uno de los documentos que presentamos en estas páginas (de los pocos que se conservan sobre la censura primigenia, fechado el 26 de diciembre de 1941), Manuel Augusto García Viñolas, Presidente de la Junta de Censura (dependiente de la Vicesecretaría de Educación Popular), permite que “Amigos hasta la muerte”, una película italiana de dos rollos (550 metros) de la que no he podido hallar otras referencias, obtuviera la calificación de “APROBADA TOTALMENTE”. El documento da fe del momento histórico en que se materializa, rubricado con todos los sellos y máximas políticas que se llevaban por entonces: el yugo y las flechas o la exclamación: “¡Franco!, ¡Franco!, ¡Franco! ¡Arriba España!

Conforme pasaban los años y nuevas generaciones de cineastas, productores y distribuidores iban surgiendo en España, los enfrentamientos con los censores fueron siendo más frecuentes. Aquéllos no entendían los “reparos” de éstos para prohibir ciertas películas u obligar a cortar escenas de lo más inocentes. Veamos el ejemplo de una película de acción mexicana titulada “La justicia del lobo” (Vicente Oroná, 1952), que la distribuidora Cire Films presentó a la censura en abril de 1955. Los censores, tras visionarla, dictaron las siguientes instrucciones: “Rollo 1º: Suprimir la frase: ¿Para qué quieren hijos si no los pueden criar?; Rollo 4º: Suprimir desde la frase: ¿Qué es lo que hacemos? Vamos a divertirnos... y todo el baile subsiguiente hasta el final del rollo”. Rollo 8º: “Recortar la escena en la que Robles intenta forzar a Lupita de forma que no aparezca encima de ella ni se oiga la frase: Serás mía, serás mía”.

Hay cientos de fichas parecidas que nos descubren la mentalidad de los censores de cada época. Hasta 1977, año en que el distribuidor José Esteban Alenda obtiene la licencia de exhibición para España de “Viridiana” (película filmada por Luis Buñuel en 1961 y que fue prohibida por las sucesivas juntas desde entonces), los censores no dieron muestras de estar contra las cuerdas. Eran los tiempos de la transición y los distribuidores no estaban dispuestos a seguir aguantando prohibiciones. La obra maestra del cineasta español fue permitida el 31 de marzo de 1977, aunque con la calificación de “AUTORIZADA ÚNICAMENTE PARA MAYORES DE 18 AÑOS” .

Los “examinadores de cine” no solo autorizaban o prohibían películas, sino que su poder alcanzaba a todo tipo de documentación que se relacionase con las mismas. Por ejemplo: decidían qué fotografías se autorizaban para la promoción que realizaban en sus periódicos y revistas los reporteros o críticos cinematográficos; o las que iban a colocarse en las salas para atraer al público; decidían igualmente los diseños que iban a servir para los carteles, guías y programas de mano; o los pasquines y publicidades que aparecerían en los medios de comunicación para avisar de su estreno; o sobre los guiones radiofónicos.

Todo, absolutamente todo era de su competencia. Quiero mostrarles aquí tres ejemplos: los casos de las películas “Adiós, cigüeña, adiós” (Manuel Summers, 1971), “Cuando los niños vienen de Marsella” (José Luis Sáenz de Heredia, 1974) y “El clan de los nazarenos” (Joaquín Romero Marchent, 1975). Estamos en la última etapa de la censura, aunque en el primer ejemplo, no le tiembla la mano cuando prohíbe la frase “EDÚQUELOS SEXUALMENTE” y exige cambiar “AVENTURA PROHIBIDA” por “HISTORIA”. En el caso de la de Sáenz de Heredia (¡el director de “Raza”, 1941 y “Franco ese hombre”, 1964!, amigo personal del Caudillo), el distribuidor, Arturo González, presentó hasta cuatro pasquines hasta que le concedieron el definitivo para promocionar la película en prensa. Creo imaginar la cara que ponen los lectores tras verlo en estas páginas, y así hacerse una idea de la psicología traumática de los censores. Sobran las palabras. Al final, el pasquín permitido es “MANOLO ESCOBAR PADRE DE FAMILIA NUMEROSA. ¡75 HIJOS! ¿HAY QUIEN DÉ MÁS?” Peor parado salió el distribuidor de la película de Romero Marchent, Alianza Cinematográfica Española (ACE), al que le prohibieron y tacharon la frase que encabeza el primer pasquín, dejándola sin apoyo tipográfico. Pero los distribuidores enviaron al público el siguiente mensaje: “Esta película se presenta sin ninguna frase publicitaria”.

Aunque parezca mentira, aún había cosas peores, como que la censura “pelara” la película hasta donde creyera necesario, y luego, durante su exhibición, otros censores “sin carnet” exigiesen más cortes. Eso pasó con la película de Jorge Grau “La trastienda” (1976), en la que el primer desnudo integral del posfranquismo, ofrecido por María José Cantudo, propició la carta que les mostramos en la misma (la firma es ilegible, y no podemos decirles quien la escribió, aunque parece que sabe de leyes y dispone de autoridad).

No solamente el largometraje estaba sometido a las iras de los censores; los cortometrajes fueron perseguidos, si cabe, con más saña, sobre todo en la década de los setenta. No era de extrañar, ya que en ellos se mostraban las ideas más “incendiarias”  de una generación de productores y realizadores muy jóvenes que deseaban saltar al “largo” cuando los presupuestos y los censores lo permitieran (algunos lo consiguieron). Productoras como las de Ismael González, Mamerto López Tapia (Mino Films) o José María González Sinde (X-Films, importador de “Z”, de Costa Gavras, 1969, mil veces prohibida) y muchas otras, tuvieron la mala suerte de toparse con los últimos censores del franquismo. Sirva como ejemplo el cortometraje “Mi amiga Marilyn”, dirigido en 1975 por Diego Galán, y que Ismael González presentó a la Junta de Censura en 1975, recibiendo la notificación que ustedes pueden leer en este AGR, así como la carta que el crítico y periodista, en este caso cortometrajista, escribe a los censores.

La historia de la censura cinematográfica española podría escribirse, como antes dije, con sonrisas y lágrimas. Terminaré el artículo de este modo (con sonrisas y lágrimas), mostrándoles las instrucciones que los censores dieron a Cinematografía Fénix en 1955 para que la película de René Clair, “Grandes maniobras” pudiera verse en España: “Rollo 4º: “Suprimir dos de los tres besos del duque a la presunta hermana. Suprimir los planos siguientes a la frase del duque: Son ropas de mi hermana Ivonne”, enlazando con la escena en que se ve a Andrés e Ivonne sentado en un banco y aquél dice: “Nada de loco, es que te conozco”. Rollo 5º: Reducir al mínimo las efusiones entre el sobrino y la pueblerina. Suprimir desde el momento antes de que el falso duque aparece en la ventana hasta el final del rollo”. Rollo 6º: “Suprimir planos de posturas estudiadas y embestida de esta chica al duque. Suprimir todos los planos de la terraza desnudando a la doncella”. Rollo 7º: “Dejar el plano indispensable de la persecución de la chica por el soldado para dar lugar al robo del macuto”. Rollo 9º: “Suprimir la escena del pajar”. ¿Hay quien imagine más...?.

Antonio García-Rayo