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Desde Bruselas, la Motion Picture Association (MPA) ha acogido con satisfacción el veredicto que confirma que el bloqueo de las páginas infractoras es una medida proporcionada y válida para ser implementada por los proveedores de servicios de Internet. “La decisión del TJUE –señala Chris Marcich, Director General de la MPA– es un hito importante en los esfuerzos de las industrias creativas para frenar la piratería “online” ya que establece un marco jurídico claro para toda la Unión Europea, confirmando las decisiones de los tribunales nacionales. Además, envía un mensaje muy potente a los proveedores de servicios de internet: bloquear sitios web es una medida eficaz para reducir de manera global el fraude contra la propiedad intelectual. El alto tribunal vuelve a confirmar que los intermediarios están, en general, en mejores condiciones para hacer frente a la infracción de los derechos de autor”.
Marcich, pone de manifiesto varios aspectos que incrementan el valor de la sentencia: “Por un lado, significa que los titulares de derechos de propiedad intelectual seguirán teniendo en toda Europa la posibilidad de solicitar el bloqueo de sitios web piratas como medida adecuada para la defensa de sus derechos. Me siento particularmente alentado por la firme postura que el TJUE ha adoptado en relación con la responsabilidad de los intermediarios para hacer frente a la infracción de los derechos de autor”.
“La sentencia defiende un Internet sostenible que beneficie a todos y funcione de manera justa, con reglas proporcionadas y equilibradas. Todos debemos desempeñar un papel constructivo en este objetivo, incluyendo los motores de búsqueda que continúan conduciendo a los consumidores a páginas que se lucran ilegalmente. La industria del cine está trabajando intensamente cada día para desarrollar nuevas plataformas, innovadoras, orientadas al consumidor y que permitan ver los programas y películas que el público demanda, al mismo tiempo que garanticen que los creadores y quienes hacen posible dichas películas reciban una justa compensación por su esfuerzo”.
“El resultado –concluye Marcich– supone que los ciudadanos de Europa tienen ahora acceso a más contenidos audiovisuales en más dispositivos que nunca, incluyendo más de 3.000 plataformas de oferta legal de vídeo bajo demanda. La sentencia de hoy contra Kino.to significa que estas plataformas podrán competir en mejores condiciones de igualdad”.
Por su parte, en España, la Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual (FAP) y la Federación de Distribuidores Cinematográficos (FEDICINE), se han felicitado por este paso dado por el TJUE, que viene a sumarse a la reciente decisión de la alta corte europea en el caso Svenson, acerca de que enlazar a contenido no autorizado es ilegal. José Manuel Tourné, Director General de FAP, destaca que “Lo más relevante del caso es la respuesta de la corte europea al tribunal austriaco acerca de si podía exigirse del proveedor de acceso la medida de bloqueo prevista en la Directiva de derechos de autor (Art. 8.3). Y esta respuesta es contundente sin dejar lugar a dudas. Ahora, no sólo puede exigirse sino que es proporcionada y eficaz y precisamente es lo que nosotros venimos solicitando en muchos casos”.
Por su parte, Estela Artacho, presidenta de FEDICINE, ha declarado que “En estos momentos en los que se está tramitando el proyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, confiamos que la resolución del alto tribunal europeo sea tenida en cuenta por sus señorías, pues ofrece soluciones reales para proteger con eficacia la propiedad intelectual en internet, y con ella los derechos de las industrias culturales, que en su conjunto suponen el 3,6 del producto interior bruto de nuestro país según el reciente estudio de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI)”. /notis/el-tribunal-de-justicia-de-la-union-europea-confirma-el-bloqueo-de-paginas-webs-infractoras-piratas#sigProGalleriaac0647ef3b