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Jueves, 05 Diciembre 2013 12:41

El Consejo de Estado critica duramente la Ley de Propiedad Intelectual que le remitió el Gobierno

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El Gobierno está muy preocupado –aunque quizá sería mejor decir, muy enfadado– con el dictamen que el Consejo de Estado le ha remitido en relación con el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI) que el propio Gobierno le envió hace algunas semanas para que analizara su viabilidad legal. El Consejo de Estado le ha contestado diciéndole que debe modificar numerosos puntos del texto, entre ellos los artículos 25 y 31 referentes a la compensación por copia privada; el artículo 32, que trata del régimen de cita con fines educativos; el articulado relacionado con la pretensión del Gobierno de aumentar su control de las entidades de gestión; y lo referente a la falta de medios y personal de la Comisión de Propiedad Intelectual (CPI) a la que, según el Consejo de Estado, debe dotársele de más medios y más personal para aumentar su eficacia (que ahora es nula).

Más crítica es la opinión del Consejo de Estado con respecto a la Sección Segunda de la CPI. El dictamen asegura, según el diario El Mundo, que “Es necesario que se deslinde adecuadamente el ámbito de la Ley de Propiedad Intelectual de la esfera penal y, en concreto, del tipo contenido en el Proyecto de reforma del Código Penal (artículos 270 y 271); que se evite el empleo de conceptos jurídicos indeterminados de difícil precisión –vulneración de forma significativa o requerimiento infructuoso, entre otros–; que se determine con claridad y de manera excepcional los sujetos en su caso excluidos del procedimiento de restablecimiento de la legalidad; que se valore el mantenimiento del requerimiento previo por el titular; que se corrija la previsión relativa a la caducidad del procedimiento; que se revise la configuración actual de las medidas de colaboración con la Sección Segunda y, en especial, la previsión del bloqueo como medida de último recurso; que se articulen adecuadamente con arreglo a la jurisprudencia constitucional las competencias de las Administraciones Públicas en materia de entidades de gestión; o que se revise la modificación de la LEC a la vista de la jurisprudencia europea”.


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